+5. Las entidades financieras estimarán los costes y pérdidas anuales agregados de los incidentes …
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5. Las entidades financieras estimarán los costes y pérdidas anuales agregados de los incidentes …
Las entidades financieras estimarán los costes y pérdidas anuales agregados de los incidentes graves relacionados con las TIC agregando los costes y pérdidas de los incidentes graves relacionados con las TIC que se produzcan en el año de referencia para el que la autoridad competente haya solicitado la estimación. La entidad financiera podrá elegir si el año de referencia corresponde, bien al año natural completo, o bien al ejercicio contable completo de la entidad financiera para el que la entidad financiera haya finalizado sus estados financieros. Una vez que la entidad financiera haya decidido si proporcionará la estimación basada en el año natural o en su ejercicio contable, dicha decisión se aplicará a las futuras estimaciones de costes y pérdidas anuales agregados. La entidad financiera podrá modificar dicha decisión notificándola a la autoridad competente y siempre que la autoridad competente no se oponga en el plazo de dos meses a partir de la recepción de la notificación. Las entidades financieras no incluirán los costes y pérdidas relacionados con los incidentes que se produzcan antes o después de ese año de referencia.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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