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+Artículo 75quater 5. |
Artículo 75quater 5.La Oficina de IA podrá adoptar una decisión por la que se impongan multas coercitivas para obligar a los operadores sujetos a sus poderes en virtud del artículo 75, apartado 1, a:
a)
someterse a una investigación;
b)
atender una solicitud de información ordenada mediante una decisión adoptada en virtud del artículo 75 bis, apartado 3;
c)
someterse a una inspección ordenada mediante una decisión adoptada en virtud del artículo 75 bis, apartado 4;
d)
proporcionar respuestas o explicaciones correctas o completas en el contexto de una inspección ordenada mediante una decisión adoptada en virtud del artículo 75 bis, apartado 4;
e)
cumplir las medidas correctoras ordenadas en virtud de los poderes enumerados en el artículo 16 del Reglamento (UE) 2019/1020;
f)
cumplir los compromisos que se hayan hecho jurídicamente vinculantes mediante una decisión adoptada en virtud del artículo 75 ter, o
g)
cumplir una decisión adoptada en virtud del apartado 1 del presente artículo. Dichas multas coercitivas serán efectivas y proporcionadas y, cuando proceda, no excederán, por día y a partir de la fecha fijada en la decisión, del 5 % de los ingresos diarios medios o del volumen de negocios anual mundial del ejercicio financiero anterior. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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