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+Artículo 90 3. |
Artículo 90 3.Las alertas cualificadas deberán motivarse debidamente e indicar, como mínimo:
a)
el punto de contacto del proveedor del modelo de IA de uso general con riesgo sistémico de que se trate;
b)
una descripción de los hechos y los motivos por los que el grupo de expertos científicos proporciona la alerta;
c)
cualquier otra información que el grupo de expertos científicos considere pertinente, como, por ejemplo, en su caso, información que haya recopilado por iniciativa propia. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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