+Artículo 36 3.
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Artículo 36 3.
Cuando la autoridad notificante delegue o encomiende de otro modo la evaluación, la notificación o la supervisión contempladas en el apartado 1 del presente artículo a un organismo que no sea un ente público, dicho organismo será una persona jurídica y cumplirá, mutatis mutandis, el artículo 37. Además, este organismo deberá contar con las disposiciones pertinentes para asumir las responsabilidades derivadas de sus actividades.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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