+Artículo 52 11.
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Artículo 52 11.
Las autoridades de vigilancia del mercado informarán a los consumidores de dónde presentar reclamaciones que podrían indicar el incumplimiento del presente Reglamento, de conformidad con el artículo 11 del Reglamento (UE) 2019/1020, y facilitarán información a los consumidores sobre dónde y cómo acceder a mecanismos para facilitar la notificación de vulnerabilidades, incidentes y ciberamenazas que puedan afectar a productos con elementos digitales.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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