+Artículo 55 2.
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Artículo 55 2.
Si la medida nacional se considera justificada, todos los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para garantizar la retirada de su mercado del producto con elementos digitales no conforme e informarán a la Comisión en consecuencia. Si la medida nacional se considera injustificada, el Estado miembro de que se trate retirará la medida.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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