+Artículo 36 2.

Artículo 36 2.

La información recopilada con arreglo al artículo 14 se utilizará a los efectos del presente Reglamento, del Reglamento (CE) n.o 139/2004 y de las normas nacionales sobre concentraciones.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito