+Artículo 89 2.

Artículo 89 2.

El importe total de las participaciones cualificadas de una entidad en empresas distintas de aquellas a que se refiere el apartado 1 que exceda del 60 % del capital admisible de dicha entidad, estará sujeto a lo dispuesto en el apartado 3.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito