+Artículo 124 10.

Artículo 124 10.

Cuando la autoridad designada con arreglo al apartado 8 establezca ponderaciones de riesgo más altas o criterios más estrictos con arreglo al apartado 9, las entidades dispondrán de un período transitorio de seis meses para aplicarlas.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito