+Artículo 147 6.
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Artículo 147 6.
Salvo que se clasifiquen en la categoría de exposiciones a que se refiere el apartado 2, letra e bis), del presente artículo, las exposiciones a que se refiere el artículo 133, apartado 1, se clasificarán en la categoría de exposición a que se refiere el apartado 2, letra e), del presente artículo.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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