+Artículo 194 8.

Artículo 194 8.

La entidad deberá poder demostrar a las autoridades competentes que dispone de procedimientos adecuados de gestión del riesgo para controlar los riesgos a los que pueda encontrarse expuesta merced a la aplicación de técnicas de reducción del riesgo de crédito.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito