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+Artículo 208 2. |
Artículo 208 2.En lo que respecta a la certeza jurídica, habrán de cumplirse las siguientes condiciones:
a)
la hipoteca o carga serán jurídicamente válidas y eficaces en todos los territorios pertinentes en el momento de la conclusión del convenio de crédito y habrán de registrarse en su correspondiente tiempo y forma;
b)
deberán haberse cumplido todos los requisitos legales para el establecimiento de la garantía;
c)
el acuerdo de cobertura y el procedimiento jurídico en que se sustenta permitirán a la entidad liquidar el valor de la cobertura en un plazo razonable. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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