+Artículo 270quinquies 3.

Artículo 270quinquies 3.

Cuando las exposiciones subyacentes de una titulización se beneficien de una cobertura del riesgo de crédito admisible total o parcial conforme a lo dispuesto en el capítulo 4 y los efectos de dicha cobertura se hayan reflejado en la evaluación crediticia de una posición de titulización realizada por una ECAI designada, la entidad utilizará la ponderación de riesgo asociada a esa evaluación crediticia. Cuando la cobertura del riesgo de crédito a que se refiere el presente apartado no sea admisible con arreglo al capítulo 4, no se reconocerá la evaluación crediticia y la posición de titulización se tratará como no calificada.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito