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+Artículo 274 2. |
Artículo 274 2.Las entidades calcularán el valor de exposición del conjunto de operaciones compensables con arreglo al siguiente método estándar para el riesgo de crédito de contraparte: Valor de exposición = α · (RC + PFE)
donde:
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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