+Artículo 275 3.

Artículo 275 3.

Las entidades calcularán el coste de reposición de múltiples conjuntos de operaciones compensables sujetos a un mismo acuerdo de margen con arreglo a la siguiente fórmula:

image

donde:

RC

=

coste de reposición;

i

=

índice que designa los conjuntos de operaciones compensables que están sujetos al mismo acuerdo de margen;

VAMi

=

valor actual de mercado del conjunto de operaciones compensables i;

VMMA

=

suma del valor ajustado a la volatilidad de las garantías reales recibidas o aportadas, según proceda, por múltiples conjuntos de operaciones compensables regularmente para mitigar las variaciones de su VAM;

NICAMA

=

suma del valor ajustado a la volatilidad de las garantías reales recibidas o aportadas, según proceda, por múltiples conjuntos de operaciones compensables distinta de VMMA .

A efectos del párrafo primero, NICAMA podrá calcularse a nivel de operación, de conjunto de operaciones compensables o de todos los conjuntos de operaciones compensables a los que se aplique el acuerdo de margen, en función del nivel en el que se aplique el acuerdo de margen.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito