+Artículo 275 Coste de reposición
---+Artículo 275 1.
---+Artículo 275 2.
---+Artículo 275 3.
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Artículo 275 Coste de reposición
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1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 275 1.
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Las entidades calcularán el coste de reposición RC de los conjuntos de operaciones compensables que no están sujetos a un acuerdo de margen con arreglo a la siguiente fórmula:
RC = máx{VAM – NICA, 0}.
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Artículo 275 2.
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Las entidades calcularán el coste de reposición de cada conjunto de operaciones compensables que está sujeto a un acuerdo de margen con arreglo a la siguiente fórmula:
RC = máx{VAM – VM – NICA, TH + MTA – NICA, 0}
donde:
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RC
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=
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coste de reposición;
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VM
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=
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valor ajustado a la volatilidad del margen de variación neto recibido o aportado regularmente, según proceda, por el conjunto de operaciones compensables para mitigar las variaciones de su VAM;
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TH
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=
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umbral de margen aplicable al conjunto de operaciones compensables en virtud del acuerdo de margen y por debajo del cual la entidad no pueda exigir garantías reales;
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MTA
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=
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importe mínimo de transferencia aplicable al conjunto de operaciones compensables en virtud del acuerdo de margen.
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Artículo 275 3.
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Las entidades calcularán el coste de reposición de múltiples conjuntos de operaciones compensables sujetos a un mismo acuerdo de margen con arreglo a la siguiente fórmula:
donde:
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RC
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=
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coste de reposición;
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i
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=
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índice que designa los conjuntos de operaciones compensables que están sujetos al mismo acuerdo de margen;
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VAMi
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=
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valor actual de mercado del conjunto de operaciones compensables i;
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VMMA
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=
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suma del valor ajustado a la volatilidad de las garantías reales recibidas o aportadas, según proceda, por múltiples conjuntos de operaciones compensables regularmente para mitigar las variaciones de su VAM;
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NICAMA
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=
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suma del valor ajustado a la volatilidad de las garantías reales recibidas o aportadas, según proceda, por múltiples conjuntos de operaciones compensables distinta de VMMA
.
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A efectos del párrafo primero, NICAMA
podrá calcularse a nivel de operación, de conjunto de operaciones compensables o de todos los conjuntos de operaciones compensables a los que se aplique el acuerdo de margen, en función del nivel en el que se aplique el acuerdo de margen.
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,
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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