+Artículo 276 2.

Artículo 276 2.

Para el cálculo del valor ajustado a la volatilidad de la garantía real aportada a que se refiere el apartado 1, letra d) del presente artículo, las entidades sustituirán la fórmula que figura en el artículo 223, apartado 2, por la siguiente fórmula:

CVA = C · (1 + HC + Hfx)
donde:
CVA = valor ajustado a la volatilidad de la garantía real aportada;
C = garantía real;
Hc y Hfx se definen conforme al artículo 223, apartado 2.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito