+Artículo 279bis 2.

Artículo 279bis 2.

A efectos de la presente sección, una posición larga en el principal factor de riesgo o en el factor de riesgo más significativo dentro de la categoría de riesgo por de que se trate lo que respecta a las operaciones mencionadas en el artículo 277, apartado 3, implicará que el valor de mercado de la operación aumenta cuando aumenta el valor de dicho factor de riesgo y una posición corta en el principal factor de riesgo o en el factor de riesgo más significativo dentro de la categoría de riesgo de que se trate por lo que respecta a las operaciones mencionadas en el artículo 277, apartado 3, implicará que el valor de mercado de la operación disminuye cuando aumenta el valor de dicho factor de riesgo.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito