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+Artículo 325 7. |
Artículo 325 7.Las posiciones con cualquiera de los siguientes instrumentos subyacentes no se incluirán en la cartera de negociación de correlación alternativa:
a)
los instrumentos subyacentes que estén asignados a las categorías de exposiciones contempladas en el artículo 112, letras h) o i);
b)
un crédito sobre una entidad de cometido especial, garantizado, directa o indirectamente, por una posición que, de conformidad con el apartado 6, por sí misma no podría ser incluida en la cartera de negociación de correlación alternativa. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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