+Artículo 325bis 3.

Artículo 325bis 3.

Cuando calculen, o dejen de calcular, sus requisitos de fondos propios por riesgo de mercado de conformidad con el presente artículo, las entidades lo notificarán a las autoridades competentes.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito