+Artículo 325sexies 2.

Artículo 325sexies 2.

A efectos del cálculo previsto en el apartado 1:

▼M12

a) 

todas las posiciones de instrumentos con opcionalidad estarán sujetas a los requisitos de fondos propios a que se refiere el apartado 1, letras a), b) y c), respecto a los riesgos distintos de los subyacentes exóticos de los instrumentos a que se refiere el artículo 325 duovicies, apartado 2, letra a);

b) 

todas las posiciones de instrumentos sin opcionalidad estarán sujetas a los requisitos de fondos propios a que se refiere el apartado 1, letra a), respecto a los riesgos distintos de los subyacentes exóticos de los instrumentos a que se refiere el artículo 325 duovicies, apartado 2, letra a).

▼M8

A efectos del presente capítulo, los instrumentos con opcionalidad incluirán, entre otros, opciones de compra, opciones de venta, contratos cap, contratos floor, opciones sobre permutas, opciones con barrera y opciones exóticas. Las opciones implícitas, tales como las opciones de pago anticipado o de conducta, se considerarán posiciones autónomas en opciones a efectos del cálculo de los requisitos de fondos propios por riesgo de mercado.

A efectos del presente capítulo, los instrumentos cuyos flujos de efectivo puedan expresarse como función lineal del valor nocional del subyacente se considerarán instrumentos sin opcionalidad.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito