+Artículo 325quatervicies 7.
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Artículo 325quatervicies 7.
Cuando se trate de exposiciones al riesgo de impago resultantes de instrumentos derivados cuyos pagos, en caso de impago del deudor, no estén vinculados al valor nocional de un instrumento específico emitido por dicho deudor o a la LGD del deudor o un instrumento emitido por él, las entidades utilizarán métodos alternativos para estimar los importes brutos de impago súbito.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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