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+Artículo 325bis tervicies 2. |
Artículo 325bis tervicies 2.La ponderación de riesgo de los factores de riesgo de tipo de cambio en relación con los pares de divisas compuestos por el euro y la divisa de un Estado miembro que participe en la segunda fase de la unión económica y monetaria (MTC II) será una de las siguientes:
a)
la ponderación de riesgo que se menciona en el apartado 1 dividida entre 3;
b)
la máxima fluctuación dentro del margen de fluctuación acordado formalmente por el Estado miembro y el Banco Central Europeo si este fuera más reducido que el margen de fluctuación definido con arreglo al MTC II. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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