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+Artículo 325ter ter 4. |
Artículo 325ter ter 4.Como excepción a lo dispuesto en el apartado 1, una entidad podrá reducir de diaria a semanal la frecuencia de cálculo de las medidas de la pérdida esperada condicional sin restricciones
a)
que la entidad pueda demostrar a su autoridad competente que el cálculo de las medidas de la pérdida esperada condicional sin restricciones
b)
que la entidad pueda aumentar de semanal a diaria la frecuencia de cálculo de
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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