+Artículo 428septdecies 3.
|
Artículo 428septdecies 3.
Los activos que las entidades hayan prestado, incluso en operaciones de financiación de valores, de los que sean titulares efectivas serán considerados activos con cargas a los efectos del presente capítulo y estarán sujetos a los factores de financiación estable requerida que deban aplicarse de conformidad con la sección 2, aun cuando no figuren en el balance de la entidad. En caso contrario, dichos activos quedarán excluidos del cálculo del importe de la financiación estable requerida.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
|