+Artículo 15 1

Artículo 15 1

1.   La autoridad de resolución, en coordinación con el colegio de autoridades de resolución de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 16 y tras haber consultado con la autoridad competente, evaluará en qué medida puede procederse a la resolución de una ECC sin que se presuponga la intervención de ninguno de los siguientes elementos:

a)

ayuda financiera pública extraordinaria;

b)

ayuda en forma de provisión urgente de liquidez del banco central;

c)

ayuda en forma de provisión de liquidez del banco central en condiciones no convencionales en cuanto a garantías, vencimiento y tipos de interés.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito