+Artículo 27 1

Artículo 27 1

1.   Las autoridades de resolución adoptarán las medidas de resolución a que se refiere el artículo 21 aplicando cualquiera de los siguientes instrumentos de resolución, individualmente o en cualquiera de sus combinaciones:

a)

los instrumentos de asignación de pérdidas y posiciones;

b)

el instrumento de amortización y el instrumento de conversión;

c)

el instrumento de venta del negocio;

d)

el instrumento de constitución de una ECC puente.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito