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+Artículo 27 1 |
Artículo 27 11. Las autoridades de resolución adoptarán las medidas de resolución a que se refiere el artículo 21 aplicando cualquiera de los siguientes instrumentos de resolución, individualmente o en cualquiera de sus combinaciones:
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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