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+Artículo 30 5 |
Artículo 30 55. Cuando una autoridad de resolución reduzca solo en parte el valor de las ganancias adeudadas, el importe residual pendiente seguirá siendo pagadero al miembro compensador no incumplidor. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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