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+Artículo 480 2. |
Artículo 480 2.El factor aplicable a efectos del apartado 1 estará comprendido en los intervalos siguientes:
a)
de 0,2 a 1 durante el período comprendido entre 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2014;
b)
de 0,4 a 1 durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2015;
c)
de 0,6 a 1 durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2016, y
d)
de 0,8 a 1 durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2017. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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