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+Artículo 41 1 |
Artículo 41 11. Al aplicar el instrumento de venta del negocio en relación con una ECC, la autoridad de resolución publicitará la disponibilidad de los activos, derechos, obligaciones, pasivos o instrumentos de propiedad que vayan a ser transmitidos o tomará las disposiciones oportunas para su venta. Podrán ponerse a la venta separadamente lotes de derechos, activos, obligaciones y pasivos. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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