+Artículo 52 5
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Artículo 52 5
5. Los derechos y las salvaguardas siguientes se determinarán con arreglo al Derecho del Estado miembro de la autoridad de resolución:
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a)
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el derecho de accionistas, acreedores y terceros a recurrir, con arreglo al artículo 74, la transmisión de instrumentos de propiedad, activos, derechos, obligaciones o pasivos a que se refiere el apartado 1 del presente artículo;
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b)
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el derecho de los acreedores afectados a recurrir, con arreglo al artículo 74, la reducción del importe principal o pendiente de pago o la conversión o reestructuración de un instrumento, pasivo o contrato de los contemplados en el apartado 4 del presente artículo, y
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c)
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las salvaguardas aplicables, según dispone el capítulo V, a las transmisiones parciales de los activos, derechos, obligaciones o pasivos a que se refiere el apartado 1.
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1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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