+Artículo 68 b)

Artículo 68 b)

la extinción o modificación, merced al ejercicio de competencias auxiliares, de los activos, derechos y pasivos que constituyen la totalidad o una parte de un acuerdo de financiación estructurada en el que sea parte la ECC objeto de resolución.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito