+Artículo 84 4

Artículo 84 4

4.   La AEVM mantendrá una página web de su sitio web con enlaces a las sanciones administrativas publicadas por cada autoridad de resolución y por cada autoridad competente con arreglo al artículo 83, e indicará el período respecto del cual cada Estado miembro publica las sanciones.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito