+Artículo 507 2.
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Artículo 507 2.
A más tardar el 31 de diciembre de 2023, la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre la aplicación de las excepciones contempladas en los artículos 390, apartado 4, y el artículo 401, apartado 2, relativas a los métodos para el cálculo del valor de exposición de las operaciones de financiación de valores y, en particular, la necesidad de tener en cuenta las modificaciones de las normas internacionales por las que se determinan los métodos para el citado cálculo.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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