+Artículo 509 5.

Artículo 509 5.

A más tardar el 31 de enero de 2014, la ABE informará además sobre lo siguiente:

a) 

definiciones uniformes de la liquidez elevada y sumamente elevada y de la calidad crediticia elevada y sumamente elevada;

b) 

las posibles consecuencias no deseadas de la definición de activos líquidos en la aplicación de las operaciones de política monetaria y la medida en que:

i) 

una lista de activos líquidos desvinculada de la lista de activos admisibles por los bancos centrales puede incentivar a las entidades a presentar activos admisibles que no estén contemplados en la definición de activos líquidos en operaciones de refinanciación,

ii) 

la regulación de la liquidez puede disuadir a las entidades de llevar a cabo operaciones de préstamo y de empréstito en el mercado monetario no garantizado y si ello puede llevar a cuestionar la selección del EONIA en la aplicación de la política monetaria,

iii) 

la introducción del requisito de cobertura de liquidez puede dificultar a los bancos centrales su tarea de garantizar la estabilidad de precios empleando el marco y los instrumentos de política monetaria existentes;

c) 

los requisitos operativos respecto de las tenencias de activos líquidos a que se refiere el artículo 417, letras b) a f), en consonancia con la evolución de la normativa internacional.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito