+Artículo 39 9.

Artículo 39 9.

El requisito de diferenciación contable de los activos y posiciones con las ECC se considerará satisfecho si:

a) 

los activos y posiciones se contabilizan en cuentas separadas;

b) 

no se pueden compensar posiciones consignadas en cuentas diferentes;

c) 

los activos que cubren las posiciones consignadas en una cuenta no están expuestos a pérdidas vinculadas a posiciones consignadas en otra cuenta.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito