+ANEXO IV

ANEXO IV




ANEXO IV

Lista de los coeficientes ligados a los factores agravantes o atenuantes en relación con la aplicación del artículo 36 bis, apartado 3

Los siguientes coeficientes serán aplicables acumulativamente a las cuantías de base a que se refiere el artículo 36 bis, apartado 2, en función de cada uno de los siguientes factores agravantes o atenuantes:

I.    Coeficientes de adaptación ligados a factores agravantes

1. 

Si la infracción se cometió reiteradamente, se aplicará un coeficiente adicional de 1,1 a cada uno de los casos.

2. 

Si la infracción se cometió durante más de seis meses, se aplicará un coeficiente de 1,5.

3. 

Si la infracción puso de manifiesto deficiencias sistémicas en la organización de la agencia de calificación crediticia, en particular en lo que respecta a sus procedimientos, sistemas de gestión o controles internos, se aplicará un coeficiente de 2,2.

4. 

Si la infracción tuvo un efecto negativo en la calidad de las calificaciones emitidas por la agencia de calificación crediticia afectada, se aplicará un coeficiente de 1,5.

5. 

Si la infracción se cometió dolosamente, se aplicará un coeficiente de 2.

6. 

Si no se adoptaron medidas correctoras desde que se descubrió la infracción, se aplicará un coeficiente de 1,7.

7. 

Si los altos directivos de la agencia de calificación crediticia no cooperaron con la AEVM en sus investigaciones, se aplicará un coeficiente de 1,5.

II.    Coeficientes de adaptación ligados a factores atenuantes

1. 

Si la infracción figura entre los casos contemplados en el anexo III, secciones II o III, y se cometió durante menos de 10 días laborables, se aplicará un coeficiente de 0,9.

2. 

Si los altos directivos de la agencia de calificación crediticia pueden demostrar que tomaron todas las medidas necesarias para evitar la infracción, se aplicará un coeficiente de 0,7.

3. 

Si la agencia de calificación crediticia puso la infracción en conocimiento de la AEVM rápida, efectiva y completamente, se aplicará un coeficiente de 0,4.

4. 

Si la agencia de calificación crediticia adoptó voluntariamente medidas para garantizar que no pueda volver a cometerse una infracción similar, se aplicará un coeficiente de 0,6.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito