+Artículo 34 5.
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Artículo 34 5.
En el plazo de 15 días hábiles a partir de la recepción de la solicitud, la autoridad competente examinará si está completa y lo notificará al solicitante. Si la solicitud está incompleta, el solicitante presentará la información adicional que solicite la autoridad competente. El plazo a que se refiere el presente apartado se aplicará a partir de la fecha en que el solicitante aporte dicha información adicional.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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