+Artículo 52 Plazo para la actualización de folletos y documentos de información clave

Artículo 52 Plazo para la actualización de folletos y documentos de información clave

Artículo 52

Plazo para la actualización de folletos y documentos de información clave

El artículo 29, apartado 2, se entenderá sin perjuicio de los folletos existentes aprobados de conformidad con la Directiva 2003/71/CE antes del 1 de enero de 2018. En relación con los folletos aprobados antes del 1 de enero de 2018 de conformidad con la Directiva 2009/65/CE, los documentos de base se actualizarán cuando se tenga la primera oportunidad, o a más tardar en los primeros 12 meses desde dicha fecha.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito