+Artículo 55 Informe sobre la situación financiera y de solvencia: política y aprobación
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Artículo 55 Informe sobre la situación financiera y de solvencia: política y aprobación

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 55 1.
Los Estados miembros exigirán a las empresas de seguros y de reaseguros que establezcan sistemas y estructuras adecuados para cumplir los requisitos previstos en los artículos 51 y 53 y en el artículo 54, apartado 1, y que cuenten con una política escrita que garantice la adecuación permanente de toda información publicada de conformidad con los artículos 51, 53 y 54.
Artículo 55 2.
El informe sobre la situación financiera y de solvencia estará sujeto a la aprobación del órgano de administración, dirección o supervisión de la empresa de seguros o de reaseguros y no se publicará hasta tanto no haya sido aprobado.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito