Artículo 56
Informe sobre la situación financiera y de solvencia: Actos delegados y normas técnicas de ejecución
La Comisión adoptará con arreglo al artículo 301 bis actos delegados en los que se especificará más pormenorizadamente la información que deberá publicarse y los plazos de publicación anual de la información de conformidad con la sección 3.
A fin de asegurar condiciones uniformes de aplicación de esta sección, la AESPJ elaborará normas técnicas de ejecución para especificar los procedimientos, formatos y plantillas.
La AESPJ presentará estos proyectos de normas técnicas de ejecución a la Comisión a más tardar el 30 junio de 2015.
Se otorgan a la Comisión poderes para adoptar las normas técnicas de ejecución a que se refiere el apartado 2 de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) no 1094/2010.