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+Artículo 84 Adecuación del nivel de las provisiones técnicas |
Artículo 84 Adecuación del nivel de las provisiones técnicasArtículo 84 Adecuación del nivel de las provisiones técnicas A instancia de las autoridades de supervisión, las empresas de seguros y de reaseguros deberán demostrar la adecuación del nivel de sus provisiones técnicas, así como la aplicabilidad y pertinencia de los métodos empleados, y la idoneidad de los datos estadísticos de base utilizados. 1. Resumen
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3. Estándares relacionados
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