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+Artículo 242 2. |
Artículo 242 2.El ►M5 31 de diciembre de 2018 ◄ a más tardar, la Comisión evaluará los beneficios derivados de aumentar la supervisión de grupo y la gestión del capital en un grupo de empresas de seguros y de reaseguros, incluida una referencia al COM(2008)0119 y al informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios del Parlamento Europeo sobre su propuesta de 16 de octubre de 2008 (A6-0413/2008). La evaluación incluirá posibles medidas destinadas a incrementar una gestión transfronteriza correcta de los grupos de seguros, en particular de la gestión de riesgos y activos. En su evaluación, la Comisión tendrá en cuenta, entre otros, las novedades y los progresos realizados en relación con:
a)
un marco armonizado sobre intervención precoz;
b)
las prácticas en la gestión centralizada de riesgos de grupo y el funcionamiento de modelos internos de grupo, incluida la verificación de las turbulencias;
c)
las operaciones intragrupo y la concentración de riesgos;
d)
el comportamiento de los efectos de diversificación y de concentración a lo largo del tiempo;
e)
un marco jurídico vinculante para la mediación en litigios en materia de supervisión;
f)
un marco armonizado de transferencia de activos, procedimientos de insolvencia y liquidación que eliminen los obstáculos pertinentes a la transferencia de activos en la legislación nacional en materia de sociedades o empresas;
g)
un nivel equivalente de protección de tomadores y beneficiarios de seguros de las empresas del mismo grupo, en particular en situaciones de crisis;
h)
una solución armonizada y financiada adecuadamente a escala de la Comunidad para los sistemas de garantías de seguros;
i)
un marco armonizado y jurídicamente vinculante entre las autoridades competentes, los bancos centrales y los ministerios de hacienda respecto de la gestión de la crisis, la resolución y el reparto de la carga fiscal, que adapte las atribuciones de supervisión a las responsabilidades fiscales. La Comisión presentará un informe al Parlamento Europeo y al Consejo, acompañado, cuando proceda, de propuestas de modificación de la presente Directiva. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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