+Artículo 269 1.

Artículo 269 1.

Solo las autoridades competentes del Estado miembro de origen podrán decidir sobre las medidas de saneamiento aplicables a una empresa de seguros, incluidas sus sucursales.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito