+Artículo 71 Tratamiento de los datos personales

Artículo 71 Tratamiento de los datos personales

Artículo 71

Tratamiento de los datos personales

En lo que respecta al tratamiento de los datos personales en el marco del presente Reglamento, los promotores de PEPP, los distribuidores de PEPP y las autoridades competentes realizarán sus tareas a efectos del presente Reglamento de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 y con la Directiva 2002/58/CE. En lo que atañe al tratamiento de los datos personales por la AESPJ con arreglo al presente Reglamento, la AESPJ se ajustará a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/1725.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito