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+Artículo 6 2 |
Artículo 6 22. Las entidades declarantes que sean personas jurídicas presentarán información relativa a todos los agentes observados que sean parte de la persona jurídica. Las entidades declarantes que sean sucursales extranjeras presentarán información relativa a su propia actividad. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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