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+Artículo 6 4 |
Artículo 6 44. El BCN correspondiente podrá decidir no recopilar información con respecto a las sucursales extranjeras no residentes en un Estado miembro informador y pertenecientes a una persona jurídica que actúe como entidad declarante. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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