+Artículo 2 3

Artículo 2 3

3.   Las autoridades competentes informarán anualmente a la AEVM acerca de los tipos de sociedades de responsabilidad limitada y de las participaciones de estas que se ofrezcan y que entren en el ámbito de aplicación del presente Reglamento, y citarán las normas nacionales aplicables.

La AEVM publicará la información a que se refiere el párrafo primero en su sitio web sin demora indebida.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito