+Artículo 21 5

Artículo 21 5

5.   A efectos de la evaluación a que se refiere el apartado 1, los proveedores de servicios de financiación participativa también solicitarán a los inversores no experimentados potenciales que simulen su capacidad de soportar pérdidas, calculadas como el 10 % de su patrimonio neto, en función de la información siguiente:

a)

ingresos regulares e ingresos totales, y si dichos ingresos se devengan de forma permanente o temporal;

b)

activos, incluidas las inversiones financieras y cualquier depósito en efectivo, pero excluidos los bienes inmobiliarios personales y de inversión y los fondos de pensiones;

c)

los compromisos financieros, incluidos los periódicos, actuales o futuros.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito