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+Artículo 22 7 |
Artículo 22 77. En el caso de la gestión individualizada de carteras de préstamos, el presente artículo solo se aplicará al mandato de inversión inicial otorgado por el inversor no experimentado y no a las inversiones en préstamos específicos realizadas en el marco de dicho mandato. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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